Extraordinaria sesión con el magistrado Vicente Magro

Extraordinaria sesión con el magistrado Vicente Magro

El Colegio de Administradores de Fincas de Santa Cruz de Tenerife celebró este viernes, 24 de abril, la jornada sobre Análisis de los cuórums necesarios para cada acuerdo de la Junta de Propietarios, a cargo de Vicente Magro, magistrado del Tribunal Supremo y doctor en Derecho.

Este curso reunió, en el Aula Tomás y Valiente de la Facultad de Derecho, a medio centenar de administradores de fincas colegiados y estudiantes del grado o máster, que compartieron esta formación, gracias a las excelentes relaciones entre la Facultad y el Colegio.

Esta colaboración fue destacada por la profesora de la Facultad Elvira Afonso, que inauguró la jornada. Por su parte, el coordinador del área de Formación del Colegio, Jorge Agudo, se dirigió especialmente al alumnado presente para animarlo a ser el relevo generacional que requiere nuestra profesión.
Vicente Magro comenzó su intervención haciendo alusión a su presencia, el día anterior, en el Parlamento de Canarias. El magistrado se sorprendió de la gran cantidad de delitos urbanísticos que se cometen en las islas y advirtió de que construir en suelo protegido no es un delito menor, y conlleva 3 años de prisión.

También se refirió a la ocupación ilegal de inmuebles y recomendó incluir determinadas cláusulas en los contratos de arrendamiento para evitar lo que llamó claramente “delito de estafa”. Se refirió a casos en que la persona arrendataria deja de pagar al poco de entrar a vivir en la vivienda y cuando en se utiliza falsamente la vulnerabilidad.

Una LPH insuficiente

Entrando en materia, valoró que la LPH es “malísima”, porque en solo 24 artículos no se puede pretender regular la Propiedad Horizontal, y dijo que al no conocerse los quórum requeridos se revocan acuerdos en sentencias.

En este contexto, descartó que el administrador de fincas tenga responsabilidad civil por que luego una sentencia diga que no era el cuórum adecuado.

Recomendó hacer acuerdos marcos para decisiones como cierre de terrazas, instalación de chimeneas de humos, toldos, etcétera, si no está regulado en los estatutos de la comunidad.

Explicó que hay que protocolizar este tipo de acuerdos para evitar problemas el día de mañana, ya que “es muy difícil de lograr el 3/5 en la Junta”. Recordó al respecto que la Justicia ha dicho que se deben flexibilizar los acuerdos referidos a los locales.

Casos analizados

En el caso de los morosos, advirtió de que se les puede privar del uso de elementos comunes, «pero el legislador no puso el cuórum necesario para el acuerdo». En este sentido, señaló que habría una ley podría concretar qué usos se le pueden prohibir y cuáles no.

En cuanto al caso de cambio de régimen de un local a vivienda, abordó la apertura de dos puertas del local al portal, que requiere acuerdo de la Junta de 3/5. El vendedor no solicitó tal acuerdo de la Junta, por lo que cabe denunciar a quien vendió el local como vivienda o indemnizar a la comunidad.

En otro momento se refirió a la negociación de la oferta vinculante en el caso de propietarios morosos. Considera que esta negociación no debería hacerse para morosidad o impago de rentas, y que hay una instrumentalización de los MASC.

El resto de la jornada discurrió sobre los acuerdos y cuórums necesarios en cuanto a alquiler vacacional, obras de accesibilidad, cuórum del voto ausente, puntos de recarga para vehículos eléctricos, entre otros.

Dado el enorme interés que despertaron los distintos asuntos de la jornada, con la posibilidad de preguntar por casos concretos, la formación se prolongó mucho más allá del tiempo previsto, lo que da una idea del aprovechamiento del curso y del acierto de contar de forma extraordinaria con el magistrado.

 

 



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