23 / 11 / 2018 La delegada del Consorcio de Compensación de Seguros explicó ayer el seguro por riesgos extraordinarios por los daños del embate de mar en el norte de Tenerife
La delegada en Tenerife del Consorcio de Compensación de Seguros ofreció ayer una charla sobre el seguro de riesgos extraordinarios, a raíz de los daños por el embate del mar en los municipios de Garachico, Tacoronte y La Laguna. Organizada por el Colegio de Mediadores de Seguros de Tenerife, en la charla se aclaró la actuación del Consorcio ante estos eventos y la agilidad que se reclama tanto por parte de los afectados como por el propio Consorcio, para poder peritar, valorar e indemnizar lo antes posible.
En este sentido, Samantha Bassi explicó que «somos peritos, valoramos e indemnizamos, no una compañía de seguros», y explicó los daños indemnizables por el seguro de riesgos extraordinarios: daños materiales directos, gastos complementarios y pérdida de beneficios, si lo tienen contratado.
En el caso de la cobertura por riesgos extraordinarios, lo fundamental es tener el contrato en vigor, que debe haberse firmado al menos siete días antes de la fecha de producirse el fenómeno natural que ha provocado los daños. Y puso como ejemplo, que «En El Hierro vimos que se contrataban seguros a medida que los temblores se repetían».
Precisó que, con carácter general, los daños «por inundación siempre es nuestro, por la lluvia, no. O la corriente de agua en una calle y su filtración en un edificio, en principio sí».
Samantha Bassi indicó que el Consorcio no pone anuncios de que el fenómeno es del seguro del Consorcio, «porque viene en el reglamento» qué es y qué no es asunto de la entidad. Así como que «ni damos ayudas ni subvenciones, abonamos indemnizaciones derivadas de un contrato, como contraprestación a una prima. Si no hay contrato no tenemos nada que hacer».
Por otra parte, aclaró también que no puede haber un lucro por los daños causados, de forma que las subvenciones que recibe el damnificado y las indemnizaciones por este seguro se cotejan para no abonar dos veces un mismo daño. «El Consorcio emite Certificado de lo que nosotros abonamos», señaló.
También advirtió de la importacia de que el capital asegurado se ajuste a los bienes que se quieren asegurar porque si está mal, o hay infraseguro, «no lo vamos a cubrir».
En cuanto a las vías de comunicación de daños, señaló el centro de atención telefónica, a través del número gratuito 900 222665 (de 9:00 a 18:00 horas), o a través de la web. «Por internet es más cómodo, porque es una tramitación larga», matizó. Así como que el correo postal está prácticamente en desuso.
Por otra parte, destacó que, una vez recibida la comunicación de daños, «en 24-48 horas enviamos al perito para la estimación del siniestro e importe. Para nosotros cuanto más rápido mejor».
En cuanto a la documentación necesaria, pueden verla en esta fotografía:
Por otra parte, insistió en la idea de que la indemnización es ágil, «tenemos plazos marcados», y que existe posibilidad de anticipo.
«Pedimos celeridad en la comunicación porque necesitamos que el perito vea cuanto antes los daños», dijo en relación a que es mejor verlo todo en cuanto se produce que no pasados unos días. Aunque no hay problema, «siempre que esté justificado». Por ejemplo, se citó el caso de una familia que vive en la península y tiene su segunda residencia afectada en Garachico. No obstante, la delegada insistió en la responsabilidad de los propietarios, de no dejar pasar el tiempo y que haya más daños por no actuar.
Explicó que el Consorcio trabaja con la aplicación SIG, que permite georreferenciar y designar peritos por zonas. Asimismo, peritos para daños específicos.
Por último, aclarar que la declaración o no de zona catastrófica del lugar, o el número de personas o superficie afectadas, no tiene relación ni interfiere en la gestión de las indemnizaciones, que se ciñen exclusivamente a la existencia del contrato del seguro que cubre los riesgos extraordinarios.