La época estival, fuente de conflictos en las comunidades

La época estival, fuente de conflictos en las comunidades

Verano, tranquilidad, ocio y descanso en los hogares. ¿Seguro? En la época estival se vive prácticamente de puertas para afuera, con ventanas abiertas para contrarrestar el calor, luego más expuestos a los ruidos del vecindario que el resto del año. A veces, la causa de la molestia es un viejo aparato de aire acondicionado ruidoso y mal colocado en el patio de la comunidad; otras, la fiesta hasta altas horas, las obras en las viviendas, los niños de vacaciones en casa y las noches alargadas en algunos hogares.

Una de las fuentes de conflicto más frecuentes en las comunidades en este tiempo de verano es el uso de la piscina comunitaria.

Con la última modificación de la Ley de Propiedad Horizontal 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria, publicada recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se puede prohibir el uso de las zonas comunes, como la piscina, a los propietarios morosos. En concreto, la comunidad podrá limitar el uso de aquellas instalaciones que no sean imprescindibles para el disfrute de la propiedad (el ascensor, por ejemplo, no puede prohibirse). Así, puede impedir el uso de determinadas zonas comunes e instalaciones de ocio, como canchas, el gimnasio o las piscinas por el agravio que supone para quienes pagan religiosamente sus cuotas. Esta medida requiere el acuerdo en Junta, y es un modo de forzar a quien incumple sus obligaciones con la comunidad a que pague.

En la normativa interna de la comunidad se deben regular otras condiciones, como la invitación a familiares o amigos a pasar una jornada de ocio en la piscina. “Porque, si no, te encuentras con un montón de gente ajena a la comunidad, y hay que poner cierto orden, un número de invitados máximo por vivienda, por ejemplo”, explica el colegiado y secretario de la Junta de Gobierno del CAF tinerfeño, Francisco Hernández.

También se regula el horario de apertura y cierre del recinto, la posibilidad o no de poner música, uso de vasos, etc. En Canarias, no es obligatorio la presencia del socorrista en las comunidades de propietarios.

Otra advertencia sobre la que venimos haciendo hincapié desde el Colegio, es la instalación en balcones, terrazas o áticos de piscinas hinchables o que requieren montaje. Hay que consultar primero a la comunidad, verificar el estado y soporte de las estructuras del edificio y tener en cuenta que un metro cúbico de agua en una piscina infantil supone una tonelada de peso añadido a la estructura, que podría hundirse.

Seguimos viendo fotografías en redes sociales de este tipo de piscinas en terrazas. Y hay que tomar precauciones ante las posibles consecuencias de no medir el peso añadido a las ya deficientes estructuras en muchos edificios antiguos. Aunque se calcula que los edificios residenciales pueden soportar unos 300 kg de peso por metro cuadrado, se recomienda que no sobrepase los 200 kg/m2 de resistencia.

La época estival es también tiempo de barbacoas en la terraza o el ático. En este caso se puede prohibir la propia construcción de la instalación que afecta a un muro o fachada, así como determinados modelos. Preferiblemente debería ser eléctrica. El tema de los humos y olores por la comida suele ser fuente de conflicto entre vecinos, y en estos casos, se acrecentan.

Los aparatos de aire acondicionado están reconocidos por el Tribunal Supremo como un electrodoméstico más, necesario para la confortabilidad de los hogares, pero no se puede poner en cualquier sitio. Requiere permiso de la comunidad para su instalación y ubicación, para preservar el descanso de todos los vecinos. Hasta ahora era muy habitual colgar el compresor en el patio de luces. Pero ya no se puede.

Por otra parte, el alquiler vacacional es otra fuente de quejas, porque hay turistas muy ruidosos. La responsabilidad del propietario de la vivienda es la misma que si lo alquilara en larga temporada o viviera en la comunidad. Debe garantizar medidas para prevenir vecinos molestos, y actuar llegado el caso. O lo hará la comunidad.

Lo importante siempre es respetar las normas de convivencia. Y en esto, la época estival no debería ser diferente al resto. En todo caso, los administradores de fincas seguimos trabajando también en estos meses para seguir facilitando los servicios, informar y mediar en los casos que puedan ocurrir y tomar las medidas más oportunas, si no se llega a acuerdos o el conflicto es grave.

 

 

 



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