24 / 10 / 2014 Los administradores de fincas colegiados quieren negociar los contratos de alquiler de renta antigua
“Estamos a tiempo de examinar en qué supuesto de la ley se encuentran y llegar a acuerdos antes de 1 enero”, anima el CAF
Santa Cruz de Tenerife, 24 de octubre de 2014. Los administradores de fincas colegiados de la provincia, por su formación, conocimientos y experiencia, pueden ser los mejores mediadores en la negociación de los nuevos contratos ante la extinción, a partir del 1 de enero de 2015, de los contratos de rentas antiguas de aquellas propiedades inmobiliarias cuyo uso es distinto al de la vivienda.
Así lo defiende la vicepresidenta del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de la provincia, Olimpia Oliva, invitada, ayer, a la jornada celebrada en la Cámara de Comercio tinerfeña para informar sobre la nueva situación de los alquileres de renta antigua a que da lugar la denominada “Ley Boyer”, que previó la extinción en 2015 de estos contratos en establecimientos dedicados a comercio y empresas. En particular, la Disposición Transitoria Tercera de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos contempla la finalización de los contratos de arrendamiento de locales de negocio celebrados antes del 9 de mayo de 1985, con ciertos condicionamientos.
“La falta de acuerdo para renovar los alquileres puede contribuir al cierre de algunos negocios, luego a la destrucción de actividad económica y más desempleo en el sector comercial y empresarial”, advierte Olimpia Oliva.
Hay que tener en cuenta que muchas de estas propiedades tienen una ubicación privilegiada, en zonas céntricas de las ciudades en donde probablemente el propietario suele aspirar a percibir rentas más altas. Para el inquilino ha sido el lugar de su negocio durante generaciones, con una clientela habitual y conocida.
Formación y experiencia
“Llegar al acuerdo entre propietario e inquilino va a ser complicado, pero desde el punto de vista del administrador de fincas vemos posibilidades de examinar todos estos contratos, caso por caso, para determinar en qué supuesto de la Disposición Transitoria de la Ley de Arrendamientos Urbanos se hallan y qué posibilidades de negociación existen”, asevera la experta.
“Los administradores de fincas colegiados podemos jugar un importante papel poniendo a disposición nuestra experiencia y conocimiento de la legislación sobre propiedad vertical, junto a la mejor calidad en la prestación de servicios, avalada por nuestro Colegio Oficial, que garantiza la correcta actuación de los colegiados”, subraya la vicepresidenta del CAF tinerfeño.