07 / 06 / 2018 La morosidad en las comunidades de propietarios de las islas se redujo casi un 3 por ciento en 2017
La morosidad en las comunidades de propietarios de las islas se redujo el pasado año con respecto a 2016 en cerca del 3 % (2,98 %), un porcentaje menor a la caída de la media nacional que se situó en casi el 4 % (3,88 %).
De este modo, la cantidad adeudada en las comunidades de propietarios superaba los 85 millones de euros (85.340.000 euros) en 2017, mientras que a nivel nacional la morosidad total sumaba 1.601,23 millones de euros.
También cayó la morosidad de los bancos en un 2,96 % en Canarias en 2017 con respecto al año anterior, que se acerca en el último dato a los 17 milllones de euros (16.910.000 euros).
La morosidad bancaria a nivel nacional ha disminuido un 4,13%, alcanzando los 317,12 millones de euros en 2017 frente a los 380,80 millones de euros de 2016.
Por provincias, la de Las Palmas registró un mayor descenso de las deudas, de un 2,97 %, frente al 2,90 % en la tinerfeña. Mientras que en la estadística no hay datos por provincias de en relación a la deuda bancaria con las comunidades.
La estadística corresponde a los datos recogidos por el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España, que presentó ayer en una rueda de prensa el informe sobre la morosidad en España en comunidades de propietarios, junto a su propuesta de modificar la Ley de Propiedad Horizontal y la presentación del XXI Congreso Nacional de Administradores de Fincas, que se celebra en Madrid del 7 al 9 de junio. A este Congreso asiste una amplia representación de las islas, mientras que la presidenta del CAF tinerfeño. Carmen Suárez, es ponente.
En cuanto a la nueva Ley de Propiedad Horizontal y las medidas que se proponen para combatir la morosidad en las comunidades de propietarios, señalan la posibilidad de establecer intereses superiores al interés legal del dinero en el tiempo en que un propietario sea moroso, siempre que no sean abusivas o desproporcionadas.
Propone también que se reclame al adquirente de un inmueble el importe adeudado por morosidad de todos los gastos comunes y del fondo de reserva que correspondan a la parte vencida del año en curso y a los cuatro años naturales inmediatamente anteriores a su transmisión del inmueble.
Y propone que el comprador de un inmueble deba exigir al vendedor el certificado de deudas con la comunidad de propietarios. Si el comprador renuncia a ello, implicará que en el caso de existencia de deudas comunitarias la responsabilidad del pago corresponderá a vendedor y comprador, y alcanzaría el total de la deuda anterior a la fecha de la transmisión del inmueble.
Una nueva Ley de Propiedad Horizontal es necesaria para seguir combatiendo la morosidad en comunidades de propietarios, porque aunque los datos muestran una disminución de lo que se adeuda, aún el 38,43% de las comunidades de propietarios tienen morosos, y el porcentaje de las comunidades de propietarios en las cuales las entidades financieras tienen pagos pendientes alcanza al 7%.
Asimismo, hay otra serie de medidas en la propuesta de nueva Ley de Propiedad Horizontal con las que se pretende dar seguridad jurídica a los consumidores y usuarios y, en este sentido, aportar claridad a la normativa que regula las comunidades de propietarios.